jueves, 16 de abril de 2009

CNE Declaro “No procedente” solicitud de referendo consultivo en Zulia


El CNE, en sesión celebrada ayer miércoles, declaró no procedente la solicitud del CLEZ para la activación de un referendo consultivo que permitiera conocer la opinión de los electores en relación con el control de puertos y aeropuertos en esa entidad.
De igual manera, decidió que no hay materia sobre la cual pronunciarse con respecto a la solicitud de realización de una consulta popular en el municipio Chacao, referente al destino de las instalaciones del antiguo mercado municipal.
La información fue suministrada por la vicepresidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), rectora Janeth Hernández, quien explicó que organismo comicial declaró no procedente la consulta en el Zulia por considerar que el tema de los puertos y aeropuertos es materia nacional y no puede ser consultada de manera regional.
Dijo que para tomar esta decisión los rectores electorales se basaron también en el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con fecha 15 de abril de 2008, en ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales, en relación al alcance del artículo 164, ordinal 10, de la Constitución.
La rectora Hernández indicó que en esa sentencia quedó expreso que la titularidad de los derechos de centralización y descentralización es propia del Estado venezolano. “De tal manera que si en algún momento delegó competencia en los estados regionales, podía revertir esa titularidad cuando lo considerara conveniente”.
Precisó que en dicha ponencia se hace la aclaratoria expresa de que la sentencia es vinculante, “es decir, de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”.
Respecto a la consulta de Chacao, la vicepresidenta reiteró que el CNE no puede tomar una decisión en torno al tema, ya que existe una medida cautelar previa del Tribunal Supremo de Justicia. Recordó que el 29 de octubre del 2008, la Sala Constitucional del TSJ, dictó una medida cautelar dando respuesta a un recurso de amparo solicitado por los habitantes de ese municipio, en la cual se prohíbe que tanto el ejecutivo municipal como el Consejo Municipal, pueda dictaminar algún tipo de medida administrativa.
La vicepresidenta del CNE también informó que el CNE decidió abrir averiguación administrativa al Ministro del P.P. para la Energía y Petróleo, Rafael Ramírez, por violación a la normativa de publicidad y propaganda, durante la campaña electoral del Referendo Aprobatorio de la Enmienda Constitucional.

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